sábado, 15 de septiembre de 2007

MODELOS DE PREGUNTAS

TEMA 4

1) Los delitos comunes son aquellos que pueden ser cometidos por cualquier persona. VERDADERO

Delito Común y Delito Especial

El Delito Común es el sancionado por la Legislación Penal Ordinaria; es decir; la que está en los Códigos aplicables a todos los ciudadanos por igual, sin excepsión de rangos, cargos o funciones, sin fueros ni privilegios". En este sentido dice Cabanellas "los delitos comunes se contraponen a los delitos especiales, que son castigados por otras leyes especiales".

2) La Escuela Clásica mantuvo el criterio legitimante de justicia a través de las “teorías absolutas” de la pena. VERDADERO

3) Las medidas de seguridad se aplican a ciertos “estados” que revelan la peligrosidad del autor. VERDADERO

4) Las legislaturas provinciales pueden tipificar delitos. FALSO

5) La tipificación de contravenciones se encuentra reservada a las provincias. VERDADERO

6) Nadie puede ser penado por un hecho que al tiempo de comisión no era delito. VERDADERO

7) La inmunidad penal implica que ningún senador o diputado, desde el día de su elección hasta su cese, puede ser detenido, excepto el caso de ser sorprendido in fraganti comisión de delito. FALSO

8) La antropología Lombrosiana se dedicó a la búsqueda de caracteres animales en los delincuentes. FALSO

9) Las personas jurídicas pueden ser sujetos activos de la comisión de delitos. FALSO

Responsabilidad de la persona jurídica

Tradicionalmente se ha rechazado la posibilidad de que una persona jurídica tenga responsabilidad penal por un delito. El argumento es que el dolo o la culpa no puede recaer en ella, sino en las personas físicas que están detrás de una persona jurídica y toman las decisiones. Según esta concepción doctrinal, la persona jurídica sería sólo responsable civilmente, es decir, tendría que resarcir daños y perjuicios. Además, históricamente la teoría del delito se ha construido sobre la base de la persona natural.

En la actualidad, sin embargo, existen ordenamientos donde es posible sancionarpenas, existen algunas, como las pecuniarias o las inhabilitaciones, que pueden ser adecuadas para los delitos económicos o tributarios. No obstante, parte de la doctrina considera estas situaciones como propias del derecho administrativoderecho penal. penalmente a una persona jurídica por un delito. Si bien no pueden imponérsele todo los tipos de sancionador y no del

De todos modos, por lo general, en el Common Law se acepta la posibilidad de exigir responsabilidad penal a una persona jurídica, mientras que en el Derecho continental, solo algunos países, como Italia o Alemania, lo admiten.

10) La involuntabilidad es la incapacidad psíquica de conducta. VERDADERO

11) En nuestro sistema jurídico los tipos penales son judiciales, no legales. FALSO

12) El dolo requiere siempre conocimiento efectivo al momento de la comisión del hecho. VERDADERO

13) En el error en la persona, la desviación causal resulta irrelevante y se aplica la pena correspondiente al delito consumado. VERDADERO

14) El error de tipo insalvable excluye el dolo y la culpa. VERDADERO

15) La violación del deber de cuidado es un componente normativo del tipo culposo. (V)

16) El derecho penal admite responsabilidad objetiva. V

17) En las omisiones propias el autor puede ser cualquier persona. (V)

18) Aquel que durante la noche rechazare el escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa, cualquiera sea el daño causado al agresor, se encuentra en situación de legitima defensa presunta. (V)

19) El error de prohibición indirecto supone el desconocimiento liso y llano de la norma penal. FALSO

20) La accesoriedad de la participación respecto del hecho principal del autor se rige en nuestro sistema, por la teoría de la accesoriedad mínima. ¿F? POR LA ACCESORIEDAD LIMITADA




TEMA 1

1) La prevención general positiva es una teoría absoluta de la pena. FALSO

TEORIAS DE LAS PENAS.

1. ABSOLUTAS. ESCUELA CLASICA. Castigo al reo por el daño que causo.
- Teoria de la reparacion. El mal del delito no esta en el resultado externo sino en la voluntad misma del actor, la pena se aplica para destruir esa voluntad inmoral del delincuente.
- Teoria de la retribución. El mal esta en el acto externo. La pena no es una reparacion, se basa en la justa retribución, en la justicia, sirve para castigar. Ley del Talion. Fundamento de esta retribucion:

-Divino. Manifestación terrena de la voluntad de Dios.

-Moral. Kant. Maxima kantiana: “Obra de modo tal que tu conducta puede hacerse de una norma universal”.

-Jurídico. De Hegel, el delito destruye el derecho, solo aparentemente, el castigo demuestra que el derecho es superior e invulnerable.

2. RELATIVAS. Escuela positiva. Prevención de que el mismo autor o la sociedad, al conocer la pena, cometan delitos en el futuro.

Prevención = utilidad. (no de castigo).
a. Prevención general negativa. Disuadir o intimidar potenciales autores indeterminados de delilitos: “fijense lo que les va a pasar si lo hacen”…

b. Prevención general positiva. Restablecer la confianza en las instituciones.
c. Prevención especial negativa. Amenaza al autor, evitar que el autor reincida.
d. Prevención especial positiva. Resociabilizar al autor del delito evitando su reincidencia.

Para tener en cuenta:

General: tiene en cuenta a los que no han delinquido, se dirige a potenciales autores.
Especial; Tiene en cuenta a los autores concretos.
Positiva: Su fin es restablecer la confianza de la sociedad y resocializar al reo.
Negativa: su fin es evitar que se comentan nuevos delitos




2) La teoría retributiva persigue la reinserción social del delincuente. FALSO

3) El derecho penal de acto es constitucional. VERDADERO

4) El derecho penal es una rama del derecho público. V

5) El Código Penal se aplicará por delitos cuyos efectos deban producirse en el territorio de la nación argentina. V

6) El principio de legalidad formal establece que la única ley penal es la ley formal emitida por los órganos políticos habilitados por la Constitución Nacional, verbigracia, el Congreso. VERDADERO

7) La ley penal puede aplicarse retroactivamente en beneficio del imputado. VERDADERO

8) El “non bis in idem” establece que no se puede juzgar o penar dos veces a una persona por un mismo hecho. VERDADERO

9) Para Lombroso el delincuente era un ser atávico que no culminaba su desarrollo embrionario-fetal. VERDADERO

10) Conducta es, para los finalistas, un hecho humano voluntario final. VERDADERO

11) Para la consumación de las omisiones propias es suficiente no cumplir con el mandato de acción exigido por la ley. VERDADERO

12) El error sobre la posición de garante es un error de tipo. ¿VERDADERO?

13) La “aberractio ictus” es un error en el golpe que se analiza en el tipo subjetivo. FALSO


Art. 34 CP - No son punibles:

1. El que no haya podido en el momento del hecho, ya sea por insuficiencia de sus facultades, por alteraciones morbosas de las mismas o por su estado de inconsciencia, error o ignorancia de hecho no imputable, comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones.

En caso de enajenación, el tribunal podrá ordenar la reclusión del agente en un manicomio, del que no saldrá sino por resolución judicial, con audiencia del ministerio público y previo dictamen de peritos que declaren desaparecido el peligro de que el enfermo se dañe a sí mismo o a los demás.

En los demás casos en que se absolviere a un procesado por las causales del presente inciso, el tribunal ordenará la reclusión del mismo en un establecimiento adecuado hasta que se comprobase la desaparición de las condiciones que le hicieren peligroso.

Art. 42 CP - El que con el fin de cometer un delito determinado comienza su ejecución, pero no lo consuma por circunstancias ajenas a su voluntad, sufrirá las penas determinadas en el artículo 44.

Explicación: conforme a la interpretación restrictiva de la fórmula del error del inc. 1º del Art. 34 CP, éste no distingue entre diferentes clases de error. La diferencia entre el error de tipo y el error de prohibición en la ley penal nacional halla fundamento en la combinación de ese dispositivo con el Art. 42, o sea, con la base constructiva legal del dolo:

· Cuando el error recae sobre elementos cuyo conocimiento es indispensable para elaborar un plan (finalidad típica) habrá error de tipo.

· Cuando se trata de componentes cognoscitivos que hacen a cierto aspecto de la antinormatividad (ofensividad) o a la antijuridicidad de la acción, el error será de prohibición.

El error de tipo es el del inc. 1 del Art. 34 CP cuando tiene por efecto que el sujeto no sepa que realiza la concreta acción típica (que mata, hurta, etc.) en tanto que el error de prohibición es también un error del mismo inciso pero cuyos efectos son que el sujeto (conociendo que realiza la acción descripta por el tipo) no sepa que está prohibida o crea que está permitida.

EL ERROR SOBRE LAS CIRCUNSTANCIAS DEL TIPO OBJETIVO: In persona, aberratio ictus, dolus generalis.

Siempre ha planteado problemas a la doctrina un grupo no homogéneo de supuestos en los que la causalidad real se desvía de lo planeado por el agente al ponerla en movimiento.

En estos supuestos se plantea la cuestión de la esencialidad o inesencialidad de la discordancia entre lo planeado por el agente y lo realmente sucedido en el mundo.

Si bien no existe capacidad humana de previsión de un curso causal en todos sus detalles, el plan concreto abarca más o menos precisiones, según los casos y las circunstancias que dependen de la voluntad particular del autor.

Desde esta perspectiva, la esencialidad o inesencialidad de la discordia de lo sucedido respecto de lo planeado, siempre debe establecerse conforme al plan concreto del hecho, o sea según el grado de concreción del dolo en el plan.

Es hora de plantar detalladamente uno por uno estos supuestos:

EL ERROR DE GOLPE o aberratio ictus: este se da cuando el que dirige el ataque contra un objeto y alcanza a otro equivalente (Ej. Dispara contra Juan y mata José )

Solución planteada: conforme a la tesis de la concreción del dolo, la solución para la llamada aberratio ictus dependerá de que lo realmente sucedido sea o no indiferente para el plan concreto.



14) La prohibición de regreso establece que no puede desviarse hacia lo delictivo una conducta que “per se” carece de dicho carácter. VERDADERO

Para JAKOBS, la prohibición de regreso se refiere a aquellos comportamientos que favorece la comisión de un delito por parte de otro sujeto no pertenece en su significado objeto a ese delito, es decir, puede ser “distanciado” de él. Desde esta óptica, la prohibición de regreso configura el ámbito de intervención no delictiva en el suceso y determina el campo de la “no participación (punible).


15) La imputación objetiva es una teoría de la causalidad natural. FALSO

16) La mayoría de edad, en materia penal, se alcanza, según la ley 22.278, a los 18 años de edad. VERDERO

LEY 22.278

Sanción: 20/VIII/1980

Promulgación: 20/VIII/1980

Publicación: B.O. 28/VIII/1980

Artículo 1º. No es punible el menor que no haya cumplido dieciséis años de edad. Tampoco lo es el que no haya cumplido dieciocho años, respecto de delitos de acción privada o reprimidos con pena privativa de la libertad que no exceda de dos años, con multa o con inhabilitación.

Si existiere imputación contra alguno de ellos la autoridad judicial lo dispondrá provisionalmente, procederá a la comprobación del delito, tomará conocimiento directo del menor, de sus padres, tutor o guardador y ordenará los informes y peritaciones conducentes al estudio de su personalidad y de las condiciones familiares y ambientales en que se encuentre.

En caso necesario pondrá al menor en lugar adecuado para su mejor estudio durante el tiempo indispensable.

Si de los estudios realizados resultare que el menor se halla abandonado, falto de asistencia, en peligro material o moral, o presenta problemas de conducta, el juez dispondrá definitivamente del mismo por auto fundado, previa audiencia de los padres, tutor o guardador.

Artículo 2º. Es punible el menor de dieciséis a dieciocho años de edad que incurriere en delito que no fuera de los enunciados en el artículo 1º.

En esos casos la autoridad judicial lo someterá al respectivo proceso y deberá disponerlo provisionalmente durante su tramitación a fin de posibilitar la aplicación de las facultades conferidas por el artículo 4º.

Cualquiera fuese el resultado de la causa, si de los estudios realizados apareciera que el menor se halla abandonado, falto de asistencia, en peligro material o moral o presenta problemas de conducta, el juez dispondrá definitivamente del mismo por auto fundado, previa audiencia de los padres, tutor o guardador,,,, http://www.portaldeabogados.com.ar/codigos/22278.htm

17) Los tipos culposos son números cerrados (clausus). FALSO

18) La instigación no está definida en la parte general, ni tampoco se menciona expresamente en el ella. FALSO (ART 45)

19) Es autor mediato quien se vale de un tercero que actúa sin dolo. VERDADERO

20) El primer llamado efectuado a una persona, en el marco de un proceso judicial, con el objeto de recibirle declaración indagatoria por el delito investigado, es causal de interrupción de la prescripción de la acción penal. FALSO






Agradecemos a nuestra compañera Griselda quien nos envio las preguntas que se tomaron en un examen anterior:


Preguntas de penal I

1- El código penal de la nación se aplica delitos cometidos en el extranjero cuyos efectos deben producirse en el territorio de la nación Argentina. VERDADERO

2- Si durante la condena se dictaré una ley penal más benigna, la pena se limitará a la establecida por esa ley. VERDADERA

3- Cuando la pena de prisión no excediera de seis meses, no podrá ser detenidas en sus propias casas las mujeres honestas. FALSA

4- La reclusión y la prisión por más de dos años llevan como inherente la inhabilitación absoluta por el tiempo de condena. FALSO (MAS DE 3 AÑOS)

5- El condenado a reclusión o prisión perpetua que hubiere cumplido 25 años de condena, puede obtener la liberta condicional si se dan además el resto de los requisitos exigidos por la ley. FALSO (ES 35 AÑOS)

6- El condenado a reclusión o prisión por mas de 3 años que hubiere cumplido las dos terceras de la condena puede obtener la libertad condicional si se dan además de requisito exigido por la ley. VERDADERO

7- La libertad condicional no se le concederá a los reincidentes. VARDADERO ART 14

8- En todos los casos que recayese condena los delitos de la misma, decidirá el decomiso de las cosas que han servido para cometer el hecho. VERDADERA

9- La condena condicional es viable para los casos de primera condena a pena de reclusión que no exceda los 3 años. VERDADERA ART 26 A 28

10- La condena condicional podrá ser otorgada por segunda vez si el nuevo delito ha sido cometido después de transcurrido 10 o 18 años a partir de la fecha de la primera condena firma, de resultar ambos ilícitos dolosos. FALSO, ES 8 O 10 AÑOS, EN ESTE ULTIMO SI UNO DE LOS DELITOS ES DOLOSO

11- En caso de tentativa, la pena que correspondiere al agente se disminuirá de un cuarto a la mitad. FALSO (ES DE UN TERCIO A LA MITAD)

12- Si el delito fuere imposible, la pena se disminuirá a la mitad y podrá reducírselo al mínimo legal o eximirse de ella, según el grado de peligrosidad que revele el delincuente. VERDADERO

13- Existe la participación culposa en el hecho doloso de otro. FALSO

14- Según la teoría finalista objetiva, autor es quien realiza totalmente la acción. (VERDADERA?)

15- El co-autor, entre otros requiere el co-dominio funcional del hecho. VERDADERA

16- En nuestra legislación la participación se rige por la teoría de la acción mínima. FALSO (SE RIGE POR LA ACCESORIEDAD LIMITADA ART. 47 CP)

17- En el concurso ideal si el hecho cayera bajo más de una sanción penal. FALSO

18- La muerte del imputado es causal de extinción de la acción penal. VERDADERO

19- Todas las acciones se inician de oficio salvo las dependientes de instancia privada y acciones privadas. VERDADERO

20- El error de tipo siempre excluye el dolo. VERDADERO




1-Los delitos comunes son cometidos por cualquier persona.V

2- La escuela clásica adopta la teoría absoluta de la pena.V

3- Los medios de seguridad son para estado en que el autor es peligroso. V

4- Las legislaturas provinciales pueden tipificar delitos. F

5- Las contravenciones son creadas por las provincias. V

6- Una persona no puede ser penada por un hecho que en su momento no este tipificado como delito. V

7-La persona jurídica puede ser sujeto activo de delito. F

8-El dolo requiere siempre el conocimiento del hecho. V

9-El deber de cuidado es un elemento del tipo culposo. V

10- En la omisión propia puede ser sujeto cualquier persona.
V

11- El error de tipo invencible o inevitable excluye el dolo y la culpa.
V

12- El error de prohibición directo desconoce las normas prohibitivas.
V

13- la participación accesoria excluye la responsabilidad cuando el autor actúa en una causa de justificación.
V?

14- La involuntabilidad es la incapacidad de una conducta.
V

15- Las penas en los delitos son judiciales.
F

16- El código penal admite la responsabilidad objetiva.
V ?( Las teorías del delito pertenecen al mundo de la responsabilidad subjetiva, no hay delito ni pena sin culpabilidad.

17- Lombroso estudio la conducta del hombre como la del animal.
F

18- Las inmunidades, ningún senador u diputado puede ser arrestado salvo que se lo encuentre in fraganti cometiendo el crimen.
F

19- El código penal admite los tipos judiciales.
V






1-El codigo penal se aplica a delitos cometidos en el extranjero por agentes o empleados de autoridades en el desempeño de su cargo.
V

2- La sanción de prisión es una pena accesoria. F

3- Cuando la pena de prisión excediera de 8 meses podrán ser detenidas en sus propias casas las personas mayor de 70 años. V

4- La reclusión y la prisión por más de un año llevan como inherente la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena.
F (ES MAS DE 3 AÑOS)

5- El condenado a prisión o reclusión perpetua que hubiere cumplido 30 años de condena puede obtener la libertad condicional si se dan además los requisitos exigidos por la ley. F (ES MAS DE 35)

6- El condenado a reclusión por tres o menos años que hubiere cumplido un año de reclusión puede obtener la libertad condicional si se dan además el resto de los requisitos exigidos por la ley.
V

7-La libertad condicional será revocada cuando el penado cometiere nuevo delito.
V

8- En caso de condena impuesta por delitos de secuestro extorsivo, queda comprendido entre los bienes a decomisar la cosa inmueble donde se mantuviera la victima privada de su libertad. V

9- Procede la condena condicional de delitos reprimidos con pena superior a 3 años. F

10-Procede la c condena condicional respecto de delitos reprimidos con penas de multa. F

11- En caso de tentativa, la pena corresponde al agente se disminuirá de un quinto a la mitad. F (DE UN TERCIO A LA MITAD)

12- Si el delito fuera imposible, la pena se disminuirá a la mitad y podrá reducírsela al mínimo legal o eximirse de ella según el grado de peligrosidad del delincuente.
V

13-La participación es accesoria del hecho principal.
V

14- Es autor mediato quien se vale de una tercero que actúa sin dolo.
V
15-Los delitos especiales propios, la característica de autor es un requisito exigido por el tipo objetivo. V

16- En nuestra legislación la participación se rige la teoría de la accesoriedad externa. V

17- Habrá concurso aparente de leyes cuando el hecho cayere bajo más de una sanción penal.
18- La prescripción es causal de extinción de la acción penal.
19-Los delitos de calumnia e injurias son dependientes de instancia privada.
20-El error de prohibición insalvable excluye la culpa.






1- El derecho penal tiene como meta la protección de bienes jurídicos.
2- No todas las conductas antijurídicas son delitos.
3- La teoría retributiva de la pena es una teoría relativa.
4- El fin la pena retributiva es la expiación por el delito cometido, la imposición del mal al autor que compense el mal por él causado libremente.
5- El fin de la pena según nuestra const. Nac. Es la prevención especial positiva que apunta a la resoliazación del delincuente.
6- El derecho penal de autor se reprime al sujeto por su forma de ser y no así por el acto delictuoso cometido.
7- Esa pregunta que hace referencia a la legislación penal Art. 19 esta en el primer preguntero que te mande.
8- Esta pregunta esta también en ese preguntero y hace referencia a los delitos tipificados por ley material.
9- La criminología estudia la cuestión criminal desde el punto de vista biospsicologico- social.
10- El procedimiento interpretativo analógico esta vedado en el código penal cuando se realiza en perjuicio del imputado.
11- Nuestro codito penal entro en vigencia en 1925
12- Los penalistas del contractualismo sostenían el determinismo del sujeto.
13- La ley penal argentina es aplicable a delitos cometidos en el extranjero cuyos efectos deben producirse en nuestro país.
14- La teoría causalista define a la acción como ejercicio de la actividad final.
15- La fuerza física irresistible debe entenderse como aquellos supuestos en que el sujeto opera como una mera masa mecánica y es causal de exclusión de la acción.
16- La teoría de la imputación objetiva supone la creación de un riesgo jurídico desaprobado con independencia de la realización de ese riesgo en el resultado.
17- El error de tipo en algunos casos, excluye el dolo.
18- Las omisiones impropias requieren en todos los casos posición de garante por parte del autor.
19- Las causas de justificación solo, surgen del derecho penal no así del resto del ordenamiento jurídico.
20- El error de prohibición s un error que recae sobre el conocimiento objetivo del tipo penal.





OTRA COLABORACION MAS:

1-El legislador solo puede tipificar conductas como delitos cuando lesionen o pongan en peligro bienes jurídicos.
2- La pena es la manifestación de la coerción penal.
3-La teorías preventivas de la pena son teorías absolutas.
4-El fin de la prevención general negativa es la sociológica de eventuales delincuentes, a los efectos de disuadirlos de la comisión de delitos.
5-El fin de la pena según nuestra constitución nacional es la prevención general negativa, que apunta a la resocialización del delincuente.
6-El derecho penal de autor es insconstitucuonal.
7- El principio de reserva esta consagrado en el Art.18 de nuestra carta magna en cuanto establece el ´´nullum crimen, nulla poena sine lege´´.
8-Los delitos pueden ser tipificados por ley material y formal.
9-Garofalo presento la vertiente sociológica del positivismo criminológico italiano.
10-Nuestra constitución admite que la pena trascienda la persona del reo y pueda ser aplicada a un familiar directo del mismo.
11-Nuestro código penal entro en vigencia en 1932.
12-Los penalistas del contractualismo sostenían el libre albedrío del sujeto.
13-El principio de Nacionalidad o personalidad justifica la aplicación de la ley penal a hechos cometidos fuera del estado, en función de la nacionalidad del autor, o del titular del bien jurídico lesionado
14-La teoría causalista define a la acción como intervención muscular voluntaria, simple puesta en marcha de la causalidad.
15-Si el sujeto se coloca voluntariamente bajo los efectos de fuerza física irresistible, no realiza conducta.
16-La teoría de la imputación objetiva supone la creación de un riesgo jurídico desaprobado y la realización de ese riesgo en el resultado.
17-El error de tipo salvable deja subsistente un remanente culposo, de estar previsto el tipo negligente en el código penal.
18-Las omisiones impropias requieren en todos los casos la producción de un resultado típico.
19-Quien se defiende del taque de un animal, se halla en un supuesto de legitima defensa.
20-El error de prohibición salvable excluye la culpa del autor.
21-El derecho penal tiene como meta la protección de bienes jurídicos.
22-No todas las conductas antijurídicas son delitos.
23-La teoría retributiva de la pena es una teoría relativa.
24-El fin de la pena retributiva es la expiación por el delito cometido, la imposición de un mal al autor que compense el mal por él causado libremente.
25-El fin de la pena según nuestra constitución penal es la prevención especial positiva que apunta a la resocialización del delincuente.
26-En el derecho penal de autor se reprime al sujeto por su forma de ser y no por el acto delictuoso cometido.
27-El principio de legalidad penal esta consagrado en nuestra constitución en el Art. 19 en cuanto establece el principio ´´nullum crimen, nulla poena sine lege´´.
28- Los delitos solo pueden ser tipificados por ley material.
29-La criminología es un disciplina que estudia la cuestión criminal desde el punto de vista bio-sicológico y social.
30-El procedimiento de interpretación analógica esta vedado en el campo del derecho penal.
31-Nuestro código penal entro en vigencia en el año 1930.
32-La ley penal argentina es aplicable a todos los hechos cometidos en el territorio de la nación con independencia de la nacionalidad del autor.
33-La teoría finalista define a la acción como el ejercicio de la actividad final.
34- La fuerza física irresistible debe entenderse como aquellos supuestos en que el hombre opera como una mera masa mecánica y es causal de exclusión de la culpabilidad.
35- El error de tipo siempre excluye el dolo.
36-Las omisiones propias requieren en todos los casos posición de garante por parte del autor.
37- Las causa de justificación no surgen del derecho penal, sino de todo el ordenamiento jurídico.
38-El error de prohibición es un error que recae sobre la comprensión de la antijuricidad de la conducta.
39-El legislador puede tipificar conductas como delitos, aún e los casos en que no se lesionen o pongan en peligro bienes jurídicos.
40-El estado se encuentra facultado a imponer una moral, en consecuencia todas las conductas inmorales son delitos.
41- Las teoría preventivas de la pena son teorías relativas.
42-La teoría retributiva de la pena, legitima la pena justa aunque no sea útil.
43- El derecho penal de autor es constitucional.
44-El principio de reserva esta consagrado en el Art. 19 de la constitución nacional en cuanto establece que ningún habitante de la nación será obligado a hacer lo que la ley no manda, ni privado de lo que ella no prohíbe.
45-Las leyes en sentido material pueden tipificar delitos.
46-Ferry es un fiel exponente de la criminología critica.
47-Nuestra constitución no admite que la pena trascienda de la persona del reo y pueda ser aplicada a un familiar.
48-Nuestro código penal entró en vigencia en el año 1922.
49-Los penalistas del contractualismo sostenían el determinismo del sujeto.
50-El principio de obicuidad justifica la aplicación de la penal a hechos cometidos fuera del estado, en función de la nacionalidad del autor o del titular del bien jurídico lesionado.
51-La teoría finalista define a la acción como intervención muscular voluntaria, simple puesta en marcha de la causalidad.
52-Si el sujeto se coloca voluntariamente bajo los efectos de fuerza física irresistible, realiza conducta.
53-La teoría de la imputación objetiva supone la creación de un riesgo jurídicamente desaprobado, con independencia de la realización de ese riesgo en el resultado.
54- El error de tipo insalvable deja subsistente un remanente culposo, de estar previsto el tipo negligente en el código penal.
55-Las omisiones propias requieren en todos los casos la producción del resultado típico.
56-Quien se defiende del ataque de un animal se halla en un supuesto de estado de necesidad.
57-El error de prohibición insalvable excluye la culpabilidad del autor.
58-Los bienes jurídicos son merecedores de protección.
59-Todos los delitos son conductas antijurídicas.
60-La teoría retributiva de la pena es una teoría absoluta.
61-En el derecho penal de autor, se reprime al autor por el acto delictuoso cometido.
62-El principio de legalidad esta consagrado en el Art. 18 de nuestra carta magna en cuanto establece ´´nullum crimen, nulla poene sine lege´´´.
63-Lombroso representa la versión antropológica de la criminología positiva italiana.
64-El procedimiento de interpretación ana lógica esta permitido en el campo del derecho penal.
65-La ley penal argentina es aplicable a los delitos cometidos en el extranjero cuyos efectos deben producirse en nuestro país.
66-La teoría causalista define a la acción como el ejercicio de la actividad final.
67-La fuerza física irresistible debe entenderse como aquellos supuestos en que el sujeto opera como una mera masa mecánica, y es causal de exclusión de la acción.
68-El error de tipo, en algunos casos, excluye el dolo.
69-Las causas de justificación solo surgen del derecho penal, no así del resto del ordenamiento jurídico.
70-El error de prohibición, es un error que recae sobre el conocimiento de los elementos objetivos del tipo penal.
71-Las causas de justificación excluyen todo tipo de responsabilidad en el agente.
72-La exclusión de la culpabilidad solo excluye la responsabilidad penal.
73-la fuerza física irresistible excluye la acción cuando la misma proviene de la naturaleza.
74-El error de tipo implica un desconocimiento de la antijuricida
d de la conducta.

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